DOCUMENTOS | Reglamento de Honores | Reglamento de Biblioteca

REGLAMENTO DE BIBLIOTECA DE LA ASOCIACIÓN DE ESTUDIOS MELILLENSES

 

1. INTRODUCCIÓN

La especialidad de la biblioteca de la Asociación de Estudios Melillenses es la relacionada con la ciudad, su entorno y áreas afines.

Este acervo se distribuye en las siguientes secciones:

  • Colección General
  • Colección de Consulta
  • Colección de Formato Mayor
  • Colección de Publicaciones Periódicas
  • Colección de Folletos

La Biblioteca tiene como principal objetivo apoyar las actividades de la Asociación, poniendo sus materiales bibliográficos a disposición de los asociados, investigadores y usuarios en general, sirviéndoles como una fuente de investigación en sus tareas de búsqueda, selección y recuperación de la información documental.

Colaborar en los programas de investigación, docencia y difusión que requieran sus servicios, dentro o fuera de la Asociación de Estudios Melillenses.

Conservar, proteger e incrementar el acervo documental.

Difundir información sobre el contenido del acervo documental.

Son funciones de la Biblioteca el conjunto de actividades técnicas, administrativas y auxiliares, concentradas básicamente en la selección, adquisición, procesamiento técnico, almacenamiento, encuadernación, conservación, préstamo, circulación, difusión y registro de los materiales bibliográficos y hemerográficos de la Asociación de Estudios Melillenses.

El objetivo de este reglamento es establecer las normas de uso de los servicios que ofrece la biblioteca, así como fijar los derechos y obligaciones de los usuarios.

1.1 OBJETIVO GENERAL:

Satisfacer las necesidades de información de la comunidad, acorde a las investigaciones y/o planes y proyectos de la Asociación.

1.1.1 Objetivos específicos:

Optimizar los recursos con que cuenta la biblioteca.

Seleccionar y adquirir los materiales bibliográficos y hemerográficos, de acuerdo a las necesidades de información de los asociados, investigadores y los planes y programas de estudio de la Asociación.

Establecer políticas de acción, para el mejor funcionamiento de la misma por parte de la "Comisión de Biblioteca".

Actualizar y preservar en buenas condiciones y ordenados los acervos de la biblioteca, para que sea más accesible la recuperación de la información.

Informar de las novedades a los usuarios.

Tomar en cuenta las sugerencias de la comunidad para mejorar el servicio y las colecciones.

1.1.2 Consideraciones generales:

a) No se permite pasar con portafolios, bolsas, mochilas, estos se deben depositar en la entrada en el lugar destinado para ello.

b) No fumar ni introducir alimentos ni bebidas.

c) Guardar silencio dentro de la sala de lectura.

d) Al terminar de consultar los materiales, se deben de entregar al bibliotecario, NO INTERCALARLOS.

e) Los usuarios de nuevo ingreso deberán llenar la solicitud de registro, para poder tener acceso a todos los servicios.

1.2 Horario

Será el establecido por la "Comisión de Biblioteca".

2. USUARIOS

2.1 Internos:

Los usuarios internos son aquellos que forman parte de la Asociación, así como los investigadores, técnicos académicos, personal administrativo o estudiantes inscritos en los programas de colaboración de otros centros con la Asociación de Estudios Melillenses.

2.2 Externos:

Los usuarios externos son los que provienen de otras instituciones y organismos.

2.3 Status de los usuarios (Reglas de préstamo):

Status (usuarios)

Asociado

Asociado Investigador y Tec-Acad.

Investigadores y Tec-Acad.

Estudiantes

Invitados

Libros (cantidad)

8

Ilimitado

8

8

8

Plazo (semanas)

4

4

4

2

4

Todos los usuarios podrán renovar sus préstamos, siempre y cuando no sean solicitados los libros por otro usuario.

Videos: Los videos podrán salir en préstamo, como máximo 3 videos, por un plazo de 2 días

Los usuarios externos pueden hacer uso únicamente de los servicios de información, préstamo en sala y fotocopiado.

Los usuarios de Doctorado que necesiten más de la cantidad de libros estipulados, deberán solicitar la autorización a la Comisión de Biblioteca.

El público que solicite por primera vez los servicios de la Biblioteca deberá presentar una identificación oficial vigente con fotografía, un comprobante de domicilio y una fotografía tamaño carnet. En caso de efectuar algún cambio de domicilio deberá notificarlo lo más pronto posible a la persona encargada de la Biblioteca.

3. SERVICIOS

3.1. Información.

Los servicios de información que ofrece la biblioteca son:

3.1.1. Servicio de orientación:Este servicio se brinda al usuario para facilitar el acceso ágil a los medios y recursos de la biblioteca así como para la utilización de los mismos.

3.1.2. Servicio de consulta: Este servicio se refiere a la ayuda del bibliotecario para canalizar al usuario a los materiales que necesita para satisfacer sus necesidades de información.

La consulta puede manejarse en dos niveles:

consulta rápida, en la que el bibliotecario responde a preguntas muy concretas sobre datos generales.

consulta específica, en la que el bibliotecario atiende búsquedas de información más completa sobre un tema general o específico y pone a disposición de los usuarios la información detallada de los materiales que con toda certeza la contenga, para que pueda ser valorada por el usuario.

3.1.3. Bibliografía: Este servicio se da conforme al perfil de interés del usuario o al proyecto que realice y el material bibliohemerográfico que exista en la biblioteca, por medio de una solicitud escrita del usuario al Bibliotecario en la que indique el tema y periodo. Asimismo el usuario deberá informar el tiempo que requerirá el servicio. Con base en este perfil, se elaborará una bibliografía de los materiales localizados en la biblioteca.

3.2. Préstamo

3.2.1. Préstamo en sala: Este servicio se proporciona a todos los usuarios. Dentro de la sala de lectura de la biblioteca, podrán consultar todo el acervo de la misma.

3.2.2. Préstamo a domicilio: Este servicio se proporciona únicamente a los usuarios internos, en los términos establecidos, en relación a cada status.

3.2.3. Préstamo interbibliotecario: Consiste en permitir a los usuarios internos el acceso a los materiales existentes en otras instituciones. De la misma manera y en reciprocidad, los usuarios de otras instituciones pueden utilizar los recursos documentales de la biblioteca.

  • Este servicio se establece únicamente con aquellas instituciones que hayan celebrado el respectivo convenio con esta biblioteca. El usuario deberá proporcionar los datos completos del material (clasificación, autor, título, pie de imprenta, etc.) para que se efectúen los trámites de convenio y de préstamo. En todo caso el préstamo se sujetará a las disposiciones de la biblioteca que lo proporcione.

  • Las bibliotecas de otras instituciones que deseen hacer uso del préstamo interbibliotecario, deberán solicitar el establecimiento o la renovación del convenio y registrar las firmas de las personas que realicen los trámites. Se requiere una forma de préstamo interbibliotecario por cada título solicitado. Sólo se prestarán hasta tres volúmenes simultáneamente por cada biblioteca. El convenio será por tres semanas con opción a una renovación del préstamo por el mismo tiempo, siempre y cuando el material no haya sido solicitado por otro usuario.

  • La Biblioteca se reserva el derecho de especificar límites inferiores al período de préstamo normal, además de solicitar la devolución de libros en casos urgentes y justificados, independientemente de la fecha de vencimiento.

  • Nota: Con objeto de proteger el acervo y por seguridad del acervo NO serán objeto de préstamo a domicilio e interbibliotecario los materiales que correspondan a las siguientes colecciones:

    • colecciones de consulta: enciclopedias, diccionarios, atlas y otras obras de consulta.

    • Publicaciones periódicas y/o seriadas.

    • Obras raras, costosas o agotadas (libros de reserva).

    • Material Audiovisual, diapositivas (sin copia).

    • Folletos y Mapas.

    3.3 Reserva:

    Este servicio consiste en poner en circulación restringida los materiales bibliográficos y hemerográficos que los asociados del centro consideren básicos para las charlas, conferencias o cursos que impartan en ese momento, dichos materiales solo serán para consulta dentro de la biblioteca y solo saldrán fuera de ésta a última hora del servicio y serán devueltos al siguiente día a primera hora.

    3.4 Fotocopiado:

    Es un servicio queda sujeto a las siguientes condiciones:

  • El usuario informará al bibliotecario sobre la necesidad de fotocopiar tal o cual información, y este último le proporcionara el papel para la realización de las fotocopias, por el mismo usuario.

  • El usuario deberá cubrir el costo de las hojas utilizadas para las fotocopias.

  • Las fotocopias sólo se cobrarán a los usuarios externos.

  • 4. REQUISITOS PARA SOLICITAR LOS SERVICIOS

    Es indispensable estar registrado como usuario interno de la biblioteca, para poder tener acceso a los servicios de ésta.

    Es requisito indispensable que todo usuario muestre al entrar, su credencial vigente.

    Los usuarios externos no deberán registrarse y sólo tendrán acceso a los servicios descritos en la sección; 2.3 c.

    5. SANCIONES

    Las sanciones que se aplicarán a los usuarios que incurran en las siguientes faltas son:

    • Por retraso en la devolución de materiales se les multará con la suspensión del servicio, hasta por un mes, según sea el caso.

    • El deterioro de los materiales prestados comporta la reposición de dicho material.

    • La pérdida de los materiales prestados conlleva la reposición del material o pagar el costo en efectivo del material perdido, en el momento de detectar la pérdida o daño.

    • En caso de que el usuario pierda alguno de los materiales prestados, deberá comunicarlo de inmediato al bibliotecario y reponerlo con otro ejemplar de la misma edición.

    • En el caso comprobado de que no se pueda adquirir la misma obra, el usuario cubrirá el doble del valor estimado del material perdido, monto que será fijado por la Comisión de Biblioteca, además del costo por el procesamiento técnico que requiere la obra.

    • La sustracción o intento de sustracción de los materiales prestados será objeto de la suspensión inmediata y definitiva de todos los servicios, y se comunicara de inmediato a las autoridades.

    • El préstamo interbibliotecario se realiza institucionalmente, no es préstamo personal. Por lo tanto la biblioteca, centro de información o documentación solicitante es responsable de la devolución oportuna del material, ya que de existir un adeudo el servicio de Préstamo quedará suspendido.

    6. LA ESTRUCTURA

    La Biblioteca constituye un departamento de la AEM y depende de la Dirección de la misma. Está bajo la responsabilidad de una o más personas que figurar como Encargada.

    La Biblioteca contará con el apoyo de una Comisión de Biblioteca integrada en los términos que establecen el artículo 6.2 del Reglamento

    6. 1 Comisión de Biblioteca:

    La Comisión de Biblioteca, esta formada por un representante de cada una de las áreas de la Asociación, un representante de la Dirección, y el jefe de la Biblioteca.

    La Comisión de Biblioteca es el organismo que se encarga de formular políticas para las actividades de la biblioteca, da las soluciones a la problemática que surja, así como la interrelación con los investigadores de la Asociación.

    Los casos no previstos por el presente reglamento serán resueltos por el Jefe de la Biblioteca de común acuerdo con la Comisión de Biblioteca.

    6.2 Del Encargado de Biblioteca: 

    El Encargado de Biblioteca esta en la obligación de atender la biblioteca únicamente en el horario que le corresponde.

    Es deber del Encargado, atender el préstamo de libros, a todos los usuarios por igual sin ningún tipo de preferencias personales.

    El Encargado es un directivo en labores para la Asociación de Estudios Melillenses, por lo que cualquier agresión verbal o física, serán sancionadas según reglamento.

    El Encargado de Biblioteca deberá prestar cualquier libro bajo las siguientes condiciones:

    1. llenar el libro de préstamo con los siguientes datos:

  •  Numero de ficha

  •  Nombre del lector

  •  Código, titulo y autor del libro

  •  Fecha de préstamo y fecha de devolución

  •  Observaciones

  • La persona encargada deberá comunicar con anticipación si no podrá atender los servicios de biblioteca en su horario, para ser reemplazado por otro Encargado por ese día.

    El Encargado es el responsable de revisar, tanto los libros que presta como los que recibe en caso de alguna particularidad (hojas arrancadas, hojas sueltas, etc.), anotar en el cuaderno asignado para estos casos el código, titulo, autor del libro, con el detalle del estado del mismo. Esto para posterior compra de un ejemplar idéntico o su reparación según el caso.

    El Encargado no podrá prestar la llave de la biblioteca bajo ningún pretexto.

    El Encargado deberá depositar las sanciones económicas en la caja de multas previa entrega del RECIBO correspondiente al usuario, donde deberá figurar.

    Monto de la multa con la especificación del concepto.

    Firmas del usuario y del encargado

      Asociación de Estudios Melillenses.
     Almacenes de San Juan 8. 52001 Melilla 
     email: trapana@aemel.com
     Copyright © 2005 aemel.com.