REGLAMENTO DE BIBLIOTECA DE LA ASOCIACIÓN DE ESTUDIOS
MELILLENSES
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1. INTRODUCCIÓN
La especialidad de la biblioteca de la Asociación de Estudios Melillenses es
la relacionada con la ciudad, su entorno y áreas afines.
Este acervo se distribuye en las siguientes secciones:
- Colección General
- Colección de Consulta
- Colección de Formato Mayor
- Colección de Publicaciones Periódicas
- Colección de Folletos
La Biblioteca tiene como principal objetivo apoyar
las actividades de la Asociación, poniendo sus materiales bibliográficos
a disposición de los asociados, investigadores y usuarios en general,
sirviéndoles como una fuente de investigación en sus tareas de búsqueda,
selección y recuperación de la información documental.
Colaborar en los programas de investigación, docencia
y difusión que requieran sus servicios, dentro o fuera de la Asociación
de Estudios Melillenses.
Conservar, proteger e incrementar el acervo
documental.
Difundir información sobre el contenido del acervo
documental.
Son funciones de la Biblioteca el conjunto de
actividades técnicas, administrativas y auxiliares, concentradas
básicamente en la selección, adquisición, procesamiento técnico,
almacenamiento, encuadernación, conservación, préstamo, circulación,
difusión y registro de los materiales bibliográficos y hemerográficos de
la Asociación de Estudios Melillenses.
El objetivo de este reglamento es establecer las normas de
uso de los servicios que ofrece la biblioteca, así como fijar los derechos y
obligaciones de los usuarios.
1.1 OBJETIVO GENERAL:
Satisfacer las necesidades de
información de la comunidad, acorde a las investigaciones y/o planes y proyectos
de la Asociación.
1.1.1 Objetivos específicos:
Optimizar los recursos con que cuenta la
biblioteca.
Seleccionar y adquirir los materiales
bibliográficos y hemerográficos, de acuerdo a las
necesidades de información de los asociados, investigadores
y los planes y programas de estudio de la Asociación.
Establecer políticas de acción, para el
mejor funcionamiento de la misma por parte de la "Comisión
de Biblioteca".
Actualizar y preservar en buenas
condiciones y ordenados los acervos de la biblioteca, para
que sea más accesible la recuperación de la información.
Informar de las novedades a los usuarios.
Tomar en cuenta las sugerencias de la
comunidad para mejorar el servicio y las colecciones.
1.1.2 Consideraciones generales:
a) No se permite pasar con portafolios,
bolsas, mochilas, estos se deben depositar en la entrada en el
lugar destinado para ello.
b) No fumar ni introducir alimentos ni
bebidas.
c) Guardar silencio dentro de la sala de
lectura.
d) Al terminar de consultar los materiales,
se deben de entregar al bibliotecario, NO INTERCALARLOS.
e) Los usuarios de nuevo ingreso deberán
llenar la solicitud de registro, para poder tener acceso a todos
los servicios.
1.2 Horario
Será el establecido por la "Comisión de
Biblioteca".
2. USUARIOS
2.1 Internos:
Los usuarios internos son aquellos que
forman parte de la Asociación, así como los investigadores, técnicos académicos,
personal administrativo o estudiantes inscritos en los programas de colaboración
de otros centros con la Asociación de Estudios Melillenses.
2.2 Externos:
Los usuarios externos son los que provienen
de otras instituciones y organismos.
2.3 Status de los usuarios (Reglas de préstamo):
Status (usuarios) |
Asociado |
Asociado Investigador y Tec-Acad. |
Investigadores y Tec-Acad. |
Estudiantes |
Invitados |
Libros (cantidad) |
8 |
Ilimitado |
8 |
8 |
8 |
Plazo (semanas) |
4 |
4 |
4 |
2 |
4 |
Todos los usuarios podrán renovar sus
préstamos, siempre y cuando no sean solicitados los libros
por otro usuario.
Videos: Los videos podrán salir en
préstamo, como máximo 3 videos, por un plazo de 2 días
Los usuarios externos pueden hacer uso
únicamente de los servicios de información, préstamo en sala
y fotocopiado.
Los usuarios de Doctorado que necesiten
más de la cantidad de libros estipulados, deberán solicitar
la autorización a la Comisión de Biblioteca.
El público que solicite por primera vez
los servicios de la Biblioteca deberá presentar una
identificación oficial vigente con fotografía, un
comprobante de domicilio y una fotografía tamaño carnet. En
caso de efectuar algún cambio de domicilio deberá
notificarlo lo más pronto posible a la persona encargada de
la Biblioteca.
3. SERVICIOS
3.1. Información.
Los servicios de información que ofrece
la biblioteca son:
3.1.1. Servicio de orientación:Este servicio se brinda
al usuario para facilitar el acceso ágil a los medios y recursos de la
biblioteca así como para la utilización de los mismos.
3.1.2. Servicio de consulta:
Este servicio se refiere a
la ayuda del bibliotecario para canalizar al usuario a los materiales que
necesita para satisfacer sus necesidades de información.
La consulta puede manejarse en dos niveles:
consulta rápida, en la que el
bibliotecario responde a preguntas muy concretas sobre datos
generales.
consulta específica, en la que el
bibliotecario atiende búsquedas de información más completa
sobre un tema general o específico y pone a disposición de
los usuarios la información detallada de los materiales que
con toda certeza la contenga, para que pueda ser valorada
por el usuario.
3.1.3. Bibliografía: Este servicio se da conforme al
perfil de interés del usuario o al proyecto que realice y el material bibliohemerográfico que exista en la biblioteca, por medio de una solicitud
escrita del usuario al Bibliotecario en la que indique el tema y periodo.
Asimismo el usuario deberá informar el tiempo que requerirá el servicio. Con
base en este perfil, se elaborará una bibliografía de los materiales localizados
en la biblioteca.
3.2. Préstamo
3.2.1. Préstamo en sala:
Este servicio se proporciona a
todos los usuarios. Dentro de la sala de lectura de la biblioteca, podrán
consultar todo el acervo de la misma.
3.2.2. Préstamo a domicilio:
Este servicio se proporciona
únicamente a los usuarios internos, en los términos establecidos, en relación a
cada status.
3.2.3. Préstamo interbibliotecario:
Consiste en permitir
a los usuarios internos el acceso a los materiales existentes en otras
instituciones. De la misma manera y en reciprocidad, los usuarios de otras
instituciones pueden utilizar los recursos documentales de la biblioteca.
Este servicio se establece únicamente con
aquellas instituciones que hayan celebrado el respectivo
convenio con esta biblioteca. El usuario deberá proporcionar los
datos completos del material (clasificación, autor, título,
pie de imprenta, etc.) para que se efectúen los trámites de
convenio y de préstamo. En todo caso el préstamo se sujetará
a las disposiciones de la biblioteca que lo proporcione.
Las bibliotecas de otras instituciones
que deseen hacer uso del préstamo interbibliotecario,
deberán solicitar el establecimiento o la renovación del
convenio y registrar las firmas de las personas que realicen
los trámites. Se requiere una forma de préstamo
interbibliotecario por cada título solicitado. Sólo se
prestarán hasta tres volúmenes simultáneamente por cada
biblioteca. El convenio será por tres semanas con opción a
una renovación del préstamo por el mismo tiempo, siempre y
cuando el material no haya sido solicitado por otro usuario.
La Biblioteca se reserva el derecho de
especificar límites inferiores al período de préstamo
normal, además de solicitar la devolución de libros en casos
urgentes y justificados, independientemente de la fecha de
vencimiento.
Nota: Con objeto de proteger el acervo y por
seguridad del acervo NO serán objeto de préstamo a
domicilio e interbibliotecario los materiales que correspondan a
las siguientes colecciones:
-
colecciones de consulta: enciclopedias,
diccionarios, atlas y otras obras de consulta.
-
Publicaciones periódicas y/o seriadas.
-
Obras raras, costosas o agotadas (libros
de reserva).
-
Material Audiovisual, diapositivas (sin
copia).
-
Folletos y Mapas.
3.3 Reserva:
Este servicio consiste en poner en
circulación restringida los materiales bibliográficos y hemerográficos que los
asociados del centro consideren básicos para las charlas, conferencias o cursos
que impartan en ese momento, dichos materiales solo serán para consulta dentro
de la biblioteca y solo saldrán fuera de ésta a última hora del servicio y serán
devueltos al siguiente día a primera hora.
3.4 Fotocopiado:
Es un servicio queda sujeto a las
siguientes condiciones:
El usuario informará al bibliotecario
sobre la necesidad de fotocopiar tal o cual información, y
este último le proporcionara el papel para la realización de
las fotocopias, por el mismo usuario.
El usuario deberá cubrir el costo de las
hojas utilizadas para las fotocopias.
Las fotocopias sólo se cobrarán a los
usuarios externos.
4. REQUISITOS PARA SOLICITAR LOS SERVICIOS
Es indispensable estar registrado como
usuario interno de la biblioteca, para poder tener acceso a
los servicios de ésta.
Es requisito indispensable que todo
usuario muestre al entrar, su credencial vigente.
Los usuarios externos no deberán
registrarse y sólo tendrán acceso a los servicios descritos
en la sección; 2.3 c.
5. SANCIONES
Las sanciones que se aplicarán a los usuarios
que incurran en las siguientes faltas son:
-
Por retraso en la devolución de
materiales se les multará con la suspensión del servicio,
hasta por un mes, según sea el caso.
-
El deterioro de los materiales prestados
comporta la reposición de dicho material.
-
La pérdida de los materiales prestados
conlleva la reposición del material o pagar el costo en
efectivo del material perdido, en el momento de detectar la
pérdida o daño.
-
En caso de que el usuario pierda alguno
de los materiales prestados, deberá comunicarlo de inmediato
al bibliotecario y reponerlo con otro ejemplar de la misma
edición.
-
En el caso comprobado de que no se pueda
adquirir la misma obra, el usuario cubrirá el doble del
valor estimado del material perdido, monto que será fijado
por la Comisión de Biblioteca, además del costo por el
procesamiento técnico que requiere la obra.
-
La sustracción o intento de sustracción
de los materiales prestados será objeto de la suspensión
inmediata y definitiva de todos los servicios, y se
comunicara de inmediato a las autoridades.
-
El préstamo interbibliotecario se realiza
institucionalmente, no es préstamo personal. Por lo tanto la
biblioteca, centro de información o documentación
solicitante es responsable de la devolución oportuna del
material, ya que de existir un adeudo el servicio de
Préstamo quedará suspendido.
6. LA ESTRUCTURA
La Biblioteca constituye un departamento de la AEM y depende
de la Dirección de la misma. Está bajo la responsabilidad de una o más personas
que figurar como Encargada.
La Biblioteca contará con el apoyo de una Comisión de
Biblioteca integrada en los términos que establecen el artículo 6.2 del
Reglamento
6. 1 Comisión de Biblioteca:
La Comisión de Biblioteca, esta formada por un
representante de cada una de las áreas de la Asociación, un
representante de la Dirección, y el jefe de la Biblioteca.
La Comisión de Biblioteca es el organismo que se
encarga de formular políticas para las actividades de la biblioteca, da
las soluciones a la problemática que surja, así como la interrelación
con los investigadores de la Asociación.
Los casos no previstos por el presente reglamento
serán resueltos por el Jefe de la Biblioteca de común acuerdo con la
Comisión de Biblioteca.
6.2
Del Encargado de Biblioteca:
El Encargado de Biblioteca esta en la obligación de
atender la biblioteca únicamente en el horario que le corresponde.
Es deber del Encargado, atender el préstamo de
libros, a todos los usuarios por igual sin ningún tipo de preferencias
personales.
El Encargado es un directivo en labores para la
Asociación de Estudios Melillenses, por lo que cualquier agresión verbal
o física, serán sancionadas según reglamento.
El Encargado de Biblioteca deberá prestar cualquier
libro bajo las siguientes condiciones:
1. llenar el libro de préstamo con los
siguientes datos:
Numero de ficha
Nombre del lector
Código, titulo y autor del libro
Fecha
de préstamo y fecha de devolución
Observaciones
La persona encargada deberá comunicar con
anticipación si no podrá atender los servicios de biblioteca en su
horario, para ser reemplazado por otro Encargado por ese día.
El Encargado es el responsable de revisar, tanto los
libros que presta como los que recibe en caso de alguna particularidad
(hojas arrancadas, hojas sueltas, etc.), anotar en el cuaderno asignado
para estos casos el código, titulo, autor del libro, con el detalle del
estado del mismo. Esto para posterior compra de un ejemplar idéntico o
su reparación según el caso.
El Encargado no podrá prestar la llave de la
biblioteca bajo ningún pretexto.
El Encargado deberá depositar las sanciones
económicas en la caja de multas previa entrega del RECIBO
correspondiente al usuario, donde deberá figurar.
Monto de la multa con la especificación del
concepto.
Firmas del usuario y del encargado
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